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En las cooperativas de trabajo asociado podrán integrarse socios con el carácter de temporales cuando el objeto de su prestación sea realizar una actividad superior a la que se venía desarrollando en la cooperativa a causa de un encargo concreto o un  contrato de duración determinada, por un período igual o superior a seis meses.

socio temporal

El que la cooperativa de trabajo asociado tenga socios temporales trae consigo que deberá llevar un libro específico para estos socios en el que constará la causa específica a la que se anuda la condición de socio temporal.

Los socios temporales tienen unas particularidades dentro de la cooperativa detrabajo asociado:

  • Cuando finalice o se resuelva el encargo o contrato que motivó su integración en la cooperativa, perderá la condición de socio temporal y se le aplicará las normas de la baja obligatoria.
  • El plazo máximo para ser socio temporal en una cooperativa de trabajo asociado es de tres años ininterrumpidos , a cuyo término causará baja obligatoria.
  • Podrá exigirse a los socios temporales que realicen aportaciones al capital social cuando el contrato que motive su incorporación se extienda, al menos, a dos años. Esta aportación no superará el 25% del importe de la aportación obligatoria de los socios ordinarios. La devolución de estas aportaciones no puede exceder de un año desde que se produzca la baja.
  • Los socios temporales tienen derecho a percibir, mensualmente, los anticipos societarios.
  • Los socios temporales pueden participar en la elección de los órganos sociales.
  • El conjunto de votos de los socios temporales no puede representar más del 33% de la suma de los correspondientes a los socios ordinarios.

 

 

Imagen de http://www.educadictos.com

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