Cuando una persona física o jurídica inicia una actividad empresarial o profesional tiene la obligación de comunicarlo a la Agencia Tributaria.
Para esta comunicación hay dos formularios :
- 036: Declaración Censal Normal
- 037: Declaración Censal Simplificada se podrá utilizar por personas físicas residentes en España en las que concurran conjuntamente las siguientes circunstancias:
- Tengan asignado un Número de Identificación Fiscal.
-
- No actúen por medio de representante.
- Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.
- No sean grandes empresas.
- No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, a excepción del régimen simplificado, régimen especial de la agricultura ganadería y pesca, régimen especial de recargo de equivalencia o régimen especial del criterio de caja.
- No figuren inscritos en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA.
- No realicen ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas al IVA, del artículo 14 de la Ley del IVA.
- No realicen ventas a distancia.
- No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
- No satisfagan rendimientos de capital mobiliario.
Las personas físicas deben aportar junto al modelo de declaración censal la acreditación del declarante, y si actúa por representante su DNI / NIE y acreditación de la representación.
Se pueden presentar estos formularios:
- Vía internet: si se dispone de certificado electrónico
- Acudiendo a la oficina de la Agencia Tributaria:
- Sin impreso y facilitando los datos al funcionario para cumplimentar el formulario
- Con impreso, que se encuentra en la página web de la Agencia Tributaria
Estos formularios se utilizarán también para toda comunicación de modificación o baja que haya en los datos aportados en el alta censal.
Los datos que va a comunicar son:
- Datos identificativos:
- Actividad que va a desarrollar
- Obligaciones fiscales que se derivan de la realización de la actividad:
Cuándo
La declaración de alta en el Censo se debe presentar antes de iniciar las actividades, de realizar operaciones o del nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta.