El blog de Ramona Cueto

~ Soy asesora de autónomos, emprendedores y freelances, tanto en temas administrativos, contables y fiscales como en el estudio y desarrollo de proyectos.

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Archivos de etiqueta: impuestos

Operaciones intracomunitarias: IVA

17 viernes Ene 2020

Posted by ramonacueto in Mercados

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autónomos, cooperativas, impuestos

Las operaciones intracomunitarias son las relaciones comerciales (entrega o adquisición de bienes o servicios) entre los países miembros de la Comunidad Europea.

Resultado de imagen de paises de la unión europea

Según el tipo de operación distinguimos entre:

      • Entrega intracomunitaria de bienes o servicios: nuestros bienes o servicios se venden en la UE, tanto a empresas como a particulares.
      • Adquisición intracomunitaria de bienes o servicios: compramos bienes o servicios en la UE, seaos empresa o particular.

La Agencia Tributaria distingue entre adquisición de bienes y servicios:

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Rectificar la declaración de la renta

10 viernes Ene 2020

Posted by ramonacueto in Mercados, Trabajo, Uncategorized, Vivienda

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autónomo, emprendedor, freelances, hacienda, impuestos

Si tras presentar la declaración de Renta 2018 considera que la declaración contiene errores u omisiones en los datos declarados:

          • declaración indebida de alguna renta exenta,
          • cómputo de importes con cuantía superior a la debida u
          • olvido de alguna reducción o deducción a la que tenía derecho

es posible solicitar la rectificación de su autoliquidación accediendo nuevamente a su expediente de Renta y marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación.

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Subvenciones: Clases y tratamiento fiscal (II)

17 martes Dic 2019

Posted by ramonacueto in Mercados, Trabajo, Uncategorized, Vivienda

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autónomo, cooperativa, emprendedor, empresa, freelances, impuestos

En la entrada anterior se clasifican las subvenciones según se computen como mayores ingresos de la actividad económica o no.

En las subvenciones que se computan como mayores ingresos de la actividad económica, lo primero que hay que determinar es el momento en que hay que declarar el ingreso.

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Facturas rectificativas

08 miércoles Feb 2017

Posted by ramonacueto in Mercados, Trabajo

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autónomos, factura, impuestos

factura-rectificativa¿Qué es la factura rectificativa?

La factura rectificativa es un documento que se emite para corregir una factura original.

La rectificación se efectuará tan pronto como el obligado a expedir la factura tenga constancia de las circunstancias que obligan a su expedición siempre que no hubieran transcurrido cuatro años a partir del momento en que se devengó el impuesto.

En todas las facturas rectificativas se hará constar su condición de rectificativa y la descripción de la causa que motiva la rectificación.

Se harán constar los datos identificativos de la factura rectificada y la rectificación efectuada y deberán cumplir los requisitos que se establecen como obligatorios con carácter general.

¿Cuándo hay que hacer una factura rectificativa?

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¿Qué hay que anotar en los Libros de IVA?

04 miércoles Ene 2017

Posted by ramonacueto in Mercados, Trabajo

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autónomo, cooperativa, impuestos

Los contribuyentes del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) deberán llevar, con carácter general, los siguientes libros o registros exigidos por la normativa del Impuesto:

 

contabilidad

  • Libro registro de facturas expedidas:
    • Una por una las facturas expedidas.
    • Número, serie, fecha de expedición, fecha de realización de la operación.
    • Nombre, apellidos, razón social o denominación completa y NIF del destinatario.
    • Base imponible de la operación, tipo impositivo, cuota tributaria y si la operación se ha efectuado conforme al régimen especial del criterio de caja.

    Se permite realizar para una misma factura varios asientos correlativos siempre que incluya operaciones que tributen a distintos tipos de IVA.

    Si se cumplen determinadas características, se podrán realizar asientos resúmenes en vez de las anotaciones individualizadas mencionadas anteriormente.

  • Libro registro de facturas recibidas:
    • Una por una las facturas o documentos justificativos recibidos. En su caso, los documentos de aduanas.
    • Número de recepción, fecha de expedición, fecha de realización de la operación.
    • Nombre, apellidos, razón social o denominación completa y NIF del obligado a su expedición.
    • Base imponible de la operación, tipo impositivo, cuota tributaria y si la operación se encuentra afectada por el régimen especial del criterio de caja.

    Si se cumplen determinadas características, se podrán realizar asientos resúmenes en vez de las anotaciones individualizadas mencionadas anteriormente.

  • Libro registro de bienes de inversión:
    • Bienes adquiridos por el sujeto pasivo calificados como de inversión.
    • Datos suficientes para identificar de forma precisa las facturas y documentos de aduanas correspondientes a cada uno de los bienes de inversión anotados.
    • Por cada bien individualizado, la fecha del comienzo de su utilización, prorrata anual definitiva y la regularización anual, si procede, de las deducciones.
    • Para los bienes de inversión dados de baja, se anotará la referencia precisa al asentamiento del Libro Registro de facturas emitidas que recoge dicha entrega, así como la regularización de la deducción efectuada con motivo de la misma.
  • Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias:
    • Operación y fecha de la misma.
    • Descripción de los bienes objeto de la operación con referencia, en su caso, a su factura de adquisición o título de posesión.
    • Otras facturas o documentación relativas a las operaciones de que se trate.
    • Identificación del destinatario o remitente, indicando su Número de Identificación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, razón social y domicilio.
    • Estado miembro de origen o destino de los bienes.
    • Plazo que, en su caso, se haya fijado para la realización de las operaciones mencionadas.

 

 

Información facilitada por: http://www.ipyme.org/

El crowdfunding genera impuestos

14 miércoles Sep 2016

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autónomo, crowdfunding, financiación participativa, impuestos

crowdfunding

En artículo anterior ya comenté el régimen fiscal que presenta el crowdfunding (micro-mecenazgo), en éste voy a comentar lo que la Dirección General de Tributos contesta en consulta nº  V2831-13 a una cuestión propuesta por una autónoma.

Lo que se plantea es la utilización de una plataforma de «micromecenazgo» (crowdfunding) a fin de conseguir dinero para llevar a cabo un proyecto concreto dentro de su negocio.

La consultante manifiesta que aún no ha decidido las contraprestaciones (recompensas), que ofrecería a las personas que hicieran de «micromecenas», si bien sugiere la posibilidad de:

  • facilitar el acceso gratuito al servicio que resultara de llevar a cabo el proyecto para el que recoge los fondos con dicho «micromecenazgo»,
  • un obsequio físico o
  • una combinación de ambos

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El autónomo en Estimación Directa Simplificada (II)

03 jueves Mar 2016

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autónomo, hacienda, impuestos

EDS

Para el cálculo del rendimiento neto de las actividades empresariales en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, la Estimación Directa Simplificada (EDS) es de aplicación a los empresarios y profesionales cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que sus actividades no estén acogidas al régimen de estimación objetiva.
  • Que, en el año anterior, el importe neto de la cifra de negocios para el conjunto de actividades desarrolladas por el contribuyente no supere los 600.000 euros. Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado la actividad, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.
  • Que no se haya renunciado a su aplicación.
  • Que ninguna actividad que ejerza el contribuyente se encuentre en la modalidad normal del régimen de estimación directa.

Cálculo del rendimiento neto

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Puedes reducir la factura de Hacienda

03 jueves Dic 2015

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ahorro, impuestos, renta

En diciembre se ajustan los impuestos para que en el mes de junio puedas reducir la factura de Hacienda. Este año hay una particularidad, y es la entrada en vigor de la reforma fiscal.

Tributos_Ben_Fiscales

Los declarantes tenemos que tener en cuenta que Hacienda nunca nos va a devolver más importe que las retenciones que hemos tenido.

Gestha, presenta unos puntos que hacen reducir el pago del impuesto de la renta:

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El préstamo que un padre hace a su hijo, ¿paga a Hacienda?

01 martes Dic 2015

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dinero, impuestos, préstamos

prestamo

Vamos a analizar los impuestos que aparecen cuando un padre, persona física (no como profesional o empresario), presta dinero a su hijo.

Definimos el contrato de préstamo cuando, una de las partes entrega a la otra dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad. El préstamo puede ser gratuito o con pacto de pagar interés.

En este contrato aparecen dos impuestos: IRPF y ITP y AJD

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