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CRA: conceptos retribuidos abonados.
Toda empresa con trabajadores por cuenta ajena o asimilados a éstos , en cualquiera de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social , está obligada a comunicar , los conceptos retributivo abonados a sus trabajadores, con independencia de si se trata de empresas públicas o privadas, o de organismos que integran cualquier Administración Pública.
- ¿A quién hay qué comunicar los CRA?