Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajador Autónomo, dice que será de aplicación esta Ley a los trabajos, realizados de forma habitual, por familiares de las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
¿Qué familiares son autónomo colaboradores?
Familiar directo del autónomo que trabaja para él:
- el cónyuge
- familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive
- por adopción