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Las empresas de reducida dimensión son aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios, en el período inmediato anterior, es inferior a 10 millones de euros, cualquiera que sea la cifra de negocios del propio período impositivo.
Para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2015 la ley establece que los incentivos fiscales de las entidades de reducida dimensión no se aplicarán a aquellas entidades que tengan la consideración de entidades patrimoniales (aquellas en las que más de la mitad de su activo está constituido por valores o no está afecto a una actividad económica)
Incentivos fiscales:
- Libertad de amortización para inversiones con creación de empleo:
Requisitos:
Calificación de sociedad de reducida dimensión en el período impositivo que se realice la inversión
La inversión debe realizarse en elementos nuevos y afectos a la actividad económica
Los elementos objeto de la inversión han de ponerse a disposición de la empresa dentro del período impositivo en el que tiene la consideración de reducida dimensión
La inversión debe ir acompañada de un incremento de plantilla media de la empresa
- Libertad de amortización para inversiones de escaso valor
Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, los contribuyentes del Impuesto de Sociedades pueden amortizar libremente los elementos del inmovilizado material nuevos cuyo valor unitario no exceda de 300 €, hasta el límite de 25.000 € referido al período impositivo.
- Amortización acelerada de electos nuevos e intangibles
Puede amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
- Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión
Los elementos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias en los que se reinvierta el importe obtenido en otros elementos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias pueden amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 3 el coeficiente de amortización lineal máximo de las tablas de amortización fiscalmente aprobadas
- Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores
En el período impositivo en el que se cumplan las condiciones para ser considerada de reducida dimensión, será deducible la pérdida por deterioro de los créditos para la cobertura del riesgo derivado de las posibles insolvencias hasta el límite del 1% sobre los deudores existentes a la conclusión del período impositivo.
- Reserva de nivelación de bases imponibles
La Reserva de nivelación permite reducir su base imponible hasta un 10% de su importe, con el límite de 1 millón de euros, para la compensación de bases imponibles negativas que se generen en los 5 años siguientes