En diciembre se ajustan los impuestos para que en el mes de junio puedas reducir la factura de Hacienda. Este año hay una particularidad, y es la entrada en vigor de la reforma fiscal.
Los declarantes tenemos que tener en cuenta que Hacienda nunca nos va a devolver más importe que las retenciones que hemos tenido.
Gestha, presenta unos puntos que hacen reducir el pago del impuesto de la renta:
- Donaciones y afiliaciones:
Es necesario conservar los justificantes de los importes donados a entidades solidarias, ONG o fundaciones, las cuotas sindicales, las de colegios profesionales con carácter obligatorio (con un límite de 500 euros) o los gastos de defensa jurídica contra el empleador (con un límite de 300 euros).
- Aportación a planes de pensiones o plan de previsión asegurado:
Las cantidades aportadas reducen la base imponible.
Hay una cantidad límite de 8.000€, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.
Rescatar un plan de pensiones va a resultar más barato en el año 2016 ya que los tipos serán más bajos.
- Deducción en vivienda adquirida antes de 2013:
La cantidad máxima es de 9.040 € al año. Puede deducirse el 15% de las cantidades invertidas, por tanto, si no se llega a esta cantidad, quizás sea conveniente hacer una aportación extraordinaria para alcanzarla, ya que el 15% del 9.040 € son 1.356 € de deducción.
La deducción asciende al 20%, con un límite de 12.080 euros, para las obras de adaptación de personas con discapacidad.
- Plusvalías por la venta de la vivienda habitual:
Si ha vendido su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta entre el 19,5% y el 23,5%. No obstante, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual, será posible neutralizar este pago.
Las ganancias que han obtenido los mayores de 65 años por la venta cualquier bien, están exentas. Esa exención se producirá siempre y cuando se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses.
- Transmisiones patrimoniales (venta de inmuebles o acciones):
Los tipos de la base del ahorro estarán fijados:
El 19% hasta 6.000 euros
El 21% entre 6.000 y 50.000 euros
El 23% para bases superiores a los 50.000 euros.
Por otro lado, las plusvalías generadas en menos de un año, como consecuencia de una transmisión patrimonial, tributarán desde 2015 en la base del ahorro.
- Compensación minusvalías con ganancias:
La reforma fiscal ha eliminado los compartimentos estancos para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas patrimoniales, es decir, a partir de 2015 se permite que los rendimientos negativos del capital mobiliario se compensen con las ganancias patrimoniales.
- Trabajar en el extranjero tiene exención de hasta 60.100 euros:
Los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados en el extranjero por personas desplazadas por sus empresas están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales.
Información basada:www.gestha.es