Las medidas económicas y laborales que se han tomado por el COVID-19 modifican, entre otros, los requisitos y pasos a seguir para la solicitud del desempleo por los trabajadores afectados por un ERTE.
En la entrada anterior se dice que el ERTE es una suspensión temporal del contrato de trabajo y el trabajador tiene derecho a la prestación por desempleo mientras dure el ERTE.
- ¿Cómo se solicita la prestación por desempleo a todos los trabajadores del ERTE?
Las personas afectadas por un ERTE no tienen que presentar solicitud de prestación por desempleo.
Es la empresa la que se encargar de hacerlo cuando esté aprobado el ERTE.
- ¿Se pagará la prestación por desempleo a todos los trabajadores del ERTE?
Sí, todos los afectados podrán cobrar la prestación por desempleo, aunque no hayan cotizado el periodo mínimo requerido para ello.
- ¿La cotización por la prestación por desempleo de este ERTE por emergencia
se tendrá en cuenta para el cálculo de futuras prestaciones?
No, este cobro no se tendrá en cuenta en el periodo de cálculo de posibles prestaciones por desempleo futuras, será como si no se hubiera producido.
Ejemplo: si uno de los trabajadores afectado por
un ERTE tuviera que pedir el desempleo dentro de un año, se
considerará que no “ha gastado” esta prestación durante el ERTE
por coronavirus.
- ¿Cuánto se percibe en la prestación por desempleo?
El trabajador percibe el 70% de la base de cotización.
- ¿Da igual el sector para el que se conceda el ERTE?
Debe estar afectado por la declaración del estado de alarma y el coronavirus.
Imagen de SEPE