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¿Qué es un ERTE? Expediente de regulación de empleo temporal autorizado a la empresa para que suspenda temporalmente los contratos de trabajo.

La diferencia con el ERE (expediente de regulación de empleo) es que los contratos no se extinguen y, por tanto, no se paga indemnización.

El procedimiento y el formulario para el ERTE en el período que dure el COVID-19 han cambiado.

Si la actividad que realiza la empresa está incluida en el RD463/2020 de 14 de marzo de 2020 puede solicitar el ERTE por fuerza mayor.

Documentación necesaria:

      • Formulario Solicitud Normalizado, cumplimentando exclusivamente:
        • Datos de Identificación y Comunicación con la Empresa
        • Número Total de Personas Trabajadoras Reguladas
        • Relación Nominal de las personas trabajadores afectadas, con su número del DNI y de afiliación a la Seguridad Social.

El resto de actividades que no se encuentren incluidas en el RD463/2020 también pueden solicitar el ERTE por fuerza mayor pero deberán presentar, además de los documentos anteriores,  una memoria económica en dónde expliquen los motivos por los cuales no pueden llevar a cabo su actividad (suministros para la fabricación, restricciones en el transporte y en la movilidad de las personas…… )

¿Qué pasa en el ERTE por el COVID-19? Esta medida extraordinaria trae consigo el compromiso, de la empresa, de mantener el empleo durante el plazo de seis meses, desde la fecha de reanudación de la actividad.

Durante el ERTE la empresa no paga los salarios, mientras dure el estado de alarma, y los trabajadores cobran la prestación por desempleo, el 70% de la base de cotización.

En el ERTE aprobado por fuerza mayor las empresas tienen bonificadas de las cuotas de los seguros sociales de los trabajadores.

En el ERTE aprobado por fuerza mayor tiene efectos desde el 14 de marzo de 2020 y hasta que dure el estado de alarma.

En el ERTE aprobado por causas objetivas los efectos son desde que se aprueba por la autoridad laboral y la empresa tiene que seguir pagando los seguros sociales hasta la aprobación de mismo.

 

Imagen de ASEPYME