El ticket del autónomo en Asturias se acaba de publicar en el BOPA Nº 103 de fecha 6 de mayo de 2015.
¿Quién puede solicitar el ticket del autónomo ?
- Personas desempleadas que hayan iniciado una actividad económica o profesional por cuenta propia entre:
- El 1 de octubre de 2013 y 30 de septiembre de 2014 en:
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) y
- hayan concurrido a la apertura de plazo de presentación de solicitudes aprobada por Resolución de fecha 14 de abril de 2014 (BOPA Nº 95 de 25/04/2014) y hayan sido denegadas sus solicitudes por falta de crédito en el pasado ejercicio
- El 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de enero de 2015 en:
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA)
- Régimen especial por cuenta propia que corresponda
- Mutualidad del colegio profesional pertinente
y que, además, tengan residencia y domicilio fiscal en el Principado de Asturias al momento de iniciar la actividad. Dicha situación deberá perdurar, al menos, hasta el fin del período de mantenimiento exigido.
- El 1 de octubre de 2013 y 30 de septiembre de 2014 en:
- Que se encuentren inscritas como desempleadas demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias al momento de causar alta en:
- Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA)
- Régimen especial por cuenta propia que corresponda
- Mutualidad del colegio profesional pertinente
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención, así como realizar la actividad subvencionable
- La actividad subvencionable no podrá simultanearse con cualquier otra actividad por cuenta ajena, salvo puntuales situaciones o períodos de corta duración que no desvirtúen o interfieran significativamente en el desarrollo de la actividad autónoma o equivalente y que en ningún caso podrán superar el equivalente a 15 días de trabajo por cuenta ajena a jornada completa durante el período mínimo de mantenimiento establecido
- El hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social así como con la Hacienda del Principado de Asturias o bien autorizar a la Administración del Principado de Asturias a obtener dichos certificados
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Se requerirá informe favorable del plan de viabilidad del proyecto de actividad o negocio, elaborado a través de los Centros de Empresa radicados en el Principado de Asturias, que son:
- Sociedad de Desarrollo La Curtidora (Avilés).
- Centro Europeo de Empresas e Innovación del Principado de Asturias, CEEI Asturias (Llanera).
- Centro Municipal de Empresas de Gijón (Gijón).
- Vivero de Empresas “Jose Antonio Coto” (Oviedo).
- Centro de Empresas del Caudal (Mieres).
- Centro de Empresas del Nalón (S.M. Rey Aurelio).
- Ciudad Industrial Valle del Nalón, Valnalon (Langreo).
- Centro de Empresas de Obanca (Cangas del Narcea).
- Centro de Promoción Empresarial de Tineo (Tineo).
- Centro de Municipal de Empresas de Llanes (Llanes).
- Centro de Empresas de Novales (El Franco).
Imágen de fade.es