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En la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, aparecen las sociedades participadas por los trabajadores.

sociedades participadas

La novedad de esta ley es que incorpora por primera vez en España la definición de la sociedad participada por los trabajadores.

Si bien hay que esperar a que el Reglamento las desarrolle, esta ley las define como aquellas sociedades que promueven las distintas formas de participación de los trabajadores en la empresa y recoge los fundamentos y principios.

Fundamentos:

  1. Los poderes públicos promoverán la constitución y desarrollo de las sociedades participadas por los trabajadores.
  2. La participación de los trabajadores en los resultados y en la forma de decisión de las sociedades contribuye al aumento de la autonomía del trabajador en su lugar de trabajo, y fomenta la colaboración en la estrategia futura de la empresa.

Principios:

  1. Promoción del acceso de los trabajadores al capital social y/o a los resultados de la empresa.
  2. Fomento de la participación de los trabajadores en la toma de decisiones de la sociedad.
  3. Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad que favorezca el compromiso con:
    • el desarrollo local
    • la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
    • la cohesión social
    • la inserción de personas en riesgo de exclusión social>/li>
    • la generación de empleo estable y de calidad
    • la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la sostenibilidad.

Esta ley también ha incluido la necesidad de que los administradores de las sociedades actúen bajo los principios de diligencia, lealtad, responsabilidad y transparencia.